martes, 4 de agosto de 2009

La Ley General de Educación de Colombia

· 11 Títulos
· Dentro de los anteriores Títulos encontramos los capítulos y ellos albergan los artículos.

TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES. (Art.1-9)
TITULO II. ESTRUCTURA DEL SERVICIO EDUCATIVO.
Capítulo I. Educación Formal.
Sección Primera-Disposiciones Comunes (Art. 10-14)
Sección Segunda-Educación Preescolar (Art. 15-18)
Sección Tercera-Educación Básica (Art. 19-26)
Sección Cuarta-Educación Media (Art. 27-35)

Capítulo II. Educación No Formal. (Art. 36-42)
Capítulo III. Educación Informal. (Art.43-45)

TITULO III. MODALIDADES DE ATENCION EDUCATIVA A POBLACIONES.
Capítulo I. Educación para Personas con Limitaciones y Capacidades Excepcionales. (Art. 46-49)
Capítulo II. Educación para Adultos. (Art. 50-54)
Capítulo III. Educación para Grupos Étnicos. (Art. 55-63)
Capítulo IV. Educación Campesina y Rural. (Art. 64-67)
Capítulo V. Educación para la Rehabilitación Social. (Art. 68-71)

TITULO IV. ORGANIZACIÓN PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO EDUCATIVO.
Capítulo I. Normas Generales. (Art. 72-75)
Capítulo II. Currículo y Plan de Estudios (Art. 76-79)
Capítulo III. Evaluación (Art. 80-84)
Capítulo IV. Organización Administrativa del Servicio (Art. 85-90)

TITULO V. DE LOS EDUCANDOS.
Capítulo I. Formación y Capacitación. (Art. 91-97)
Capítulo II. Beneficios Estudiantiles (Art. 98-101) (Art. 102-103 Derogados)

TITULO VI. DE LOS EDUCADORES.
Capítulo I. Generalidades (Art. 104-108)
Capítulo II. Formación de Educadores (Art. 109-114)
Capítulo III. Carrera Docente (Art. 115-119)
Capítulo IV. Escalafón docente (Art. 120-125 Derogados)
Capítulo V. Directivos Docentes (Art. 126-132)
Capítulo VI. Estímulos para Docentes (Art. 133-137)

TITULO VII. DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
Capítulo I. Definición y Características (Art. 138-141)
Capítulo II. Gobierno Escolar (Art. 142-145)

TITULO VIII. DIRECCION, ADMINISTRACION, INSPECCION Y VIGILANCIA.
Capítulo I. De la Nación (Art. 146-148) (Art. 149 Derogado)
Capítulo II. De las Entidades Territoriales (Art. 150-153) (Art. 154 Derogado)
Capítulo III. De las Juntas y Foros
Sección Primera-De las Juntas de Educación (Art. 155-163)
Sección Segunda- De los Foros Educativos (Art. 164-167)
Capítulo IV. Inspección y Vigilancia (Art. 168-171) (Art. 172 Derogado)

TITULO IX. FINANCIACION DE LA EDUCACION.
Capítulo I. Recursos Financieros Estatales (Art. 173-184)
Capítulos II. Estímulos Especiales (Art. 185-192)

TITULO X. NORMAS ESPECIALES PARA LA EDUCACION, IMPARTIDA POR PARTICULARES.
Capítulo I. Generalidades (Art. 193-195)
Capítulo II. Régimen Laboral y Contratación (Art. 196-200)
Capítulo III. Derechos Académicos (Art. 201-203)

TITULO XI. DISPOSICIONES VARIAS.
Capítulo I. Disposiciones Especiales (Art. 204-214) (Art. 215 Inexequible)
Capítulo II. Disposiciones Transitorias y Vigencia (Art. 216-222)

Art. 1, 5, 19 al 23, 29 al 30, 73, 76, 79, y 104.

La educación básica obligatoria corresponde a la primaria y secundaria corresponde a 9 grados aplicando los objetivos generales y específicos de la educación básica en el ciclo de primaria.
Que tendrán en cuenta los valores fundamentales para la convivencia, la democracia así como la adquisición de habilidades para desempeñarse con autonomía. La educación básica comprende los 9 grados subsiguientes de la educación básica donde se deben desarrollar capacidades para comprender textos y expresarse correctamente utilizando la lengua castellana como expresión literaria, desarrollo de las capacidades para el razonamiento lógico.
Las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento serán de acuerdo con el currículo y el P.E.B. y deben corresponder el 80% del plan de estudio y son en total nueve.
La educación media académica permitirá al estudiante profundizar en un campo específico de las ciencias, artes o de las humanidades y acceder a la educación superior. Teniendo en cuenta el currículo como el conjunto de criterios, planes de estudio, programas metodología contribuyen a la formación integral y construcción de la identidad cultural nacional.
El plan de estudios como esquema de las áreas obligatorias, fundamentales y optativas con sus respectivas asignaturas.
En la educación formal el plan de estudios debe establecer objetivos niveles grados y áreas, metodología distribución del tiempo, criterios de evaluación de acuerdo al P.E.B.
Siendo el educador un orientador de los procesos de formación enseñanza y aprendizaje de los educandos teniendo en cuenta el aspecto social, cultural, ético moral de la familia y sociedad.

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